REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia definitiva de fecha 29 de JUNIO de 2007, dictada por el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, en el juicio que sigue el ciudadano JESUS LUIS DÍAZ EN CONTRA DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA; en virtud de haber incomparecido a la celebración de la audiencia de apelación, oral y pública celebrada. 2) CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia definitiva de fecha 29 de JUNIO de 2007, dictada por el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Edo Zu