Sobre la base de las circunstancias expuestas, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, procede a fijar alimentos a favor de ERNESTO JOSE QUINTANILLO REVEROL, en contra del ciudadano ALEXI COROMOTO QUINTANILLO CASTRO, en los siguientes términos:
- OBLIGACIÓN ALIMENTARIA ORDINARIA: BOLÍVARES TRESCIENTOS MIL (Bs. 300.000,oo) mensual, la cual deberá el obligado sufragar depositando los primeros cinco días de cada mes, en la cuenta de ahorro N° 0105-0253-577253-01959-8, aperturada en el Banco Mercantil de esta población, para ser retirada por la progenitora Diana Ernestina Reverol Suárez, previa autorización dada por escrito por este Tribunal.
- OBLIGACIÓN ALIMENTARIA EXTRAORDINARIA: SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000, oo), para satisfacer necesidades durante festividades navideñas y fin de año, suma esta que deberá del mismo modo el obligado depositar en la cuenta de ahorro antes dicha.
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