En consecuencia en Nombre de la República y
por Autqridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este TRIBUNAL
TERctERb DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION
, I ´ . _
IIMPAHTE HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. En consecuencia SI;.
ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias
certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los originales
consignados a autos previa su certificación de autos por la coordinadora de
secretarias, luego de lo cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial
en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha
sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y
Cúmplase Siguen firmas ilegibles de Ja Juez de Tercera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias
certificadas de Ley, Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La
secretaria de.....