Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por el Ministerio Publico y en consecuencia se PRÓRROGA POR 15 DÍAS ADICIONALES LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que fue decretada en contra de los Imputados: REINER BENITO PAZ MORENO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 11-05-1989, soltero, de profesión u oficio maestro de obra, cedula de identidad N° V-19.074.631, hijo de NEIDA MORENO y SILFRIDO PAZ, residenciado en Santa Cruz de Mara, viviendas rurales de Lindura, entrando por la ferretería AA, Av. principal, casa S/N, al lado de abastos Ricardo, Municipio Mara Estado Zulia, Telf. 0262.493.3378, y, DIKINSON JESUS MOLINA CAMARGO alias el TIGRE, Venezolano titular de .....