Este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando por comisión y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formal y preventivamente embargados los bienes anteriormente señalados y valorados por el perito, acordando lo solicitado por la parte actora, por lo que los bienes muebles antes embargados quedan bajo la guarda y responsabilidad del ciudadano Silvino Da¿Silva Sánchez, antes identificado, aceptando dicho cargo en este acto y a quien se le procede a tomar el juramento de ley, quien se encuentra asistido por el abogado en ejercicio Marco Aurelio Gómez Montilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.715.337, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71995, manifestando el guardador recibir los bienes conforme.
Com. Nº 1189-04.