DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN Y DECRETA: MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACION DE LIBERTAD en contra del Imputado FRANCISCO JAVIER VERGARA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 16.791.526, de 26 años de edad, Soltero, de Profesión albañil, nacido el 16/06/80, Residenciado en el Barrio 01 de Diciembre, cuarta etapa, Calle 08, Casa N° 512, de color amarilla, hijo de Maria Hilda Vergara (V) y dice no conocer a su padre, en el medio de dos platabandas, en Barinas Estado Barinas, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 458 del Código Penal. Todo de conformidad con el Articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, Se declara Sin lugar la solicitud de la defensa de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privació.....