Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS ALFONSO GUANIPA TERAN y SHIRLEY YESENIA HERRERA ORSINI, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron el día 21 de Noviembre de 1.981, por ante la Prefectura del Municipio Barinas, Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 392, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los doce días del mes de Marzo del dos mil siete, Años: 196° de .....