QUINTO: El penado podrá solicitar cualquiera de las formas de cumplimiento de pena, incluyendo la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio de conformidad al Artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal. El penado quien opta al Destacamento de Trabajo y el Establecimiento Abierto, en fecha 15/05/2010 podrá optar al Indulto Presidencial (1/2 parte de la pena); podrá solicitar el beneficio de la Libertad Condicional (2/3 partes de la pena) en fecha 15/09/2011 y el Confinamiento (3/4 partes de la pena) en fecha 15/05/2012.
Notifíquese al Fiscal de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de este Estado, al Defensor así como al penado de autos. Líbrese copia certificada de la Sentencia Definitiva y de este cómputo al Director del Internado Judicial Penal del Estado Barinas. Líbrese copia certificada de la Sentencia Definitiva al Director de Antecedentes y Sanciones Penales del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones de Interior.....