En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Primero: Como flagrante la aprehensión de la ciudadana, YURI ZORAIDA CHACON CONTRERAS Venezolana, portador de la Cédula de Identidad N° V.- 19.358.692 ( No porta), de 20 años de edad, nacida el 15-01-86 , natural de, Coloncito, de profesión y oficio, Comerciante , residenciada en la Urbanización la Rosaleda, Manzana III, casa N° 137, en la esquina hay una panadería Edixon; hijo de Sonia Contreras (v), y Mario Chacón (v) por la presunta comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el numeral 5, del ar.....