DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MOISES NAVA DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.350.108, contra la Sociedad mercantil PETREX, SUDAMERICANA, SUCURSAL DE VENEZUELA, S.A.
En consecuencia, se ordena pagar la cantidad de CIENTO SEIS MIL SETECIENTOS SIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.106.707,56). Así como la Corrección Monetaria, los intereses sobre Prestaciones Sociales e Intereses de Mora en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, Firmado.....