PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad interpuesto por la ciudadana BEATRIZ AUXILIADORA GARCÍA DE AGUERREVERE, actuado en representación legal de la Sucesión ANDRÉS AGUERREVERE COSSIO, domiciliada en Barinas, Estado Barinas, asistida por el abogado en ejercicio Héctor Eduardo Salas Osorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 143.163, contra el acto administrativo emanado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en su Sesión Nº 178-11, en deliberación del punto de cuenta Nº 32, del 19 de Diciembre de 2.011, por manifestarse la caducidad del recurso por haber transcurrido los sesenta (60) días continuos desde la notificación del acto administrativo agrario.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.