Por los fundamentos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: Primero: SIN LUGAR el Recurso interpuesto por los abogados Carlos Alberto Romero Alemán y Carlos David Contreras Sánchez, en su condición de defensores privados, contra la decisión dictada en fecha 04.02.2015 y publicada en fecha 18.02.2015, por el Tribunal de Control Nº 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, donde aparecen como imputados los ciudadanos OMAYERSON BONALDE RINCON y RICARDO JOSE PEÑA MORENO, por la comisión del delito Homicidio Calificado por ser cometido con Alevosía, Uso Indebido de Armas Orgánicas, Quebrantamiento de Pactos y Convenios Internacionales Suscritos por la República en perjuicio de los ciudadanos Antias José Cordero Destongue y Joanthony Pavlosky Da Silva. Segundo: Se CO.....