En consecuencia y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano Argenis José Valero, ya identificado, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas sobre una parcela de terreno municipal de los denominados ejidos, ubicadas en el sector Los Rastrojos del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, y dentro de los siguientes linderos: norte: mejoras de Altagracio Escalona; sur: Mejoras de Santana Aguirre; este: vía Agrícola Los Rastrojos; y oeste: mejoras de Ramón Valero; consistentes en tierras deforestadas, mecanizadas, acondicionadas y aptas para la agricultura, sembradío de árboles frutales, una casa para habitación familiar construida con techo de acerolit, piso de cemento, paredes de bloque, puertas y ventanas de hierro, dividida internamente en tres cuartos dormitorios, posee instalaciones de luz eléctrica y aguas servidas.....