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Decisiones del dia 12/06/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Pedraza
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 848 N° Sentencia : Fecha: 12/06/2008
Procedimiento:
Fijación De Obligacion De Manutención
Partes:
YOLIMAR CAROLINA DURANGO DE CAÑAS Y ROMEL ROLANDO CAÑAS PEÑA.
Resumen:
En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR y en consecuencia se fija en la cantidad de: QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.f. 500,00) MENSUALES, equivalente al TREINTA Y OCHO PUNTO ONCE POR CIENTO (38,11%) del salario devengado por el obligado alimentario, que deberá suministrar el Ciudadano: ROMEL ROLANDO CAÑAS PEÑA, a partir del presente mes y año. Así se decide. Igualmente el obligado alimentario deberá suministrar en el mes de diciembre de cada año, la cantidad de MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.f. 1.000,oo), en beneficio de sus hijos: ROMEL ROYNHELL Y ROSELYS DEL MAR CAÑAS DURANGO, por concepto de festividades navideñas, más el bono de regalo navideño, equivalente a tres (03) unidades tributarias. Líbrense oficios al ciudadano Jefe de la División de Disciplina del Ejército Nacional Bolivariano.....
Juez/Ponente:
Belkis Xiomara Mendez Ramirez
Organo:
Juzgado del Municipio Pedraza
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N° Expediente : 853 N° Sentencia : Fecha: 12/06/2008
Procedimiento:
Fijación De La Obligación De Manutención
Partes:
GLORIA DEL VALLE PLASA MEDINA Y WUILSON GONZÁLEZ GIL.
Resumen:
En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR y en consecuencia fija el monto de la obligación de manutención en la cantidad de: TRESCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.f 350,00), equivalente al VEINTITRÉS PUNTO CUARENTA Y CUATRO POR CIENTO (23,44%) del salario o ingreso actual devengado, que deberá suministrar el Ciudadano: WUILSON GONZÁLEZ GIL, a partir del presente mes y año. Así se decide. Igualmente el demandado alimentario deberá suministrar en los meses de agosto y diciembre de cada año, el doble de la cantidad acordada por concepto de obligación de manutención, es decir, la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 700, oo), por concepto de bonificación especial por útiles y uniformes escolares y festividades navideñas, en beneficio de la adolescente: WILGLEIDY .....
Juez/Ponente:
Belkis Xiomara Mendez Ramirez
Organo:
Juzgado del Municipio Pedraza
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