PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud autónoma de Medida de Protección Agroalimentaria y Ambiental.
SEGUNDO: Decreta CON LUGAR LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, sobre los recursos naturales integrados por los bosques de galería aledaños a las corrientes de agua denominados Caño Seco, Caño Morroncito y Caño El Rosario, a la fauna silvestre, que representan el área de protección de los cursos de agua y del reservorio de fauna silvestre, quedando en consecuencia terminantemente prohibido la deforestación de cualquier especie maderable existente en el predio, así como la caza de animales silvestres que hagan vida en dicho predio o, en general la realización de cualquier otra actividad que ponga en peligro el equilibrio y la preservación de la referida área, dentro del lote de terreno denominado "LA BENDICIÓN", ubicado en el Sector Los Chinos, Parroquia El Regalo, Municipio Sosa, Estado Barinas, constante de una superficie de CINCO MIL SEISCIENTAS.....