D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA, PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados ANTONIO JOSE MONCADA CONTRERAS Y RAFAEL ARQUIMEDES RIVERO FERNANDEZ, Defensores Privados del imputado DEMETRIO LIGIO ALVARADO HERNANDEZ, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha 09 de Diciembre de 2014, por el Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, mediante el cual acordó admitir la imputación realizada por la Fiscalía al mencionado imputado por la presunta comisión de los delito de DAÑO AGRAVADO A LA PROPIEDAD , previsto y sancionado en el articulo 474 del Código Penal Venezolano, y el delito de HURTO CALIFICADO DE GANADO VACUNO previsto y sancionado en el articulo 10 Numerales 1,3 y 5 de la ley de pro.....