PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de interdicción formulada por la ciudadana Nora Milagro Valdez Perdomo, antes identificada
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se decreta LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano Freddy Vicente Andueza Valdez, y en consecuencia se designa como TUTORA INTERINA a la solicitante ciudadana Nora Milagro Valdez Perdomo, suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del juicio ordinario.
CUARTO: Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 414 y siguientes del Código Civil, y numerales 7 y 8 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena el registro del presente decreto por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Barinas del Estado Barinas y por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, el cual deberá .....