D E C I S I O N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Conversión de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento en Divorcio de los ciudadanos: MARIA VERONICA NIÑO SEGURA y RAUL EDUARDO RODRIGUEZ GRANADOS, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que ambos contrajeron el día 21 de Septiembre de 2.000, por ante el Prefecto de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas, del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 187, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, .....