Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, YOLIEZER DE LOS ANGELES PIRELA ARENAS, y MANUEL ANTONIO HERNANDEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cedulas de identidad Nros V-16.633.014, y V-10.604.903, respectivamente, la primera domiciliada en la Urbanización Villa Santa Rita, numero 01, Puerto Escondido, en jurisdicción del Municipio Santa Rita del Estado Zulia y el segundo domiciliado en el Sector Barrio Blanco, Avenida 92, casa N° 60-40, Parroquia Venancio Pulgar, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Est.....