en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera dichos testimoniales y recaudos suficientes, por lo que esta juzgadora DECLARA, como UNICO Y UNIVERSALES HEREDERAS, del cujus quien en vida se identificaba como ELIAS OBET GAVIDIA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.417.650, a sus hijos JOSMEIER OBETH GAVIDIA PORTILLO, KIMBERLYN SKARLETH GAVIDIA RUIDO y OBETH ELIOMAR GAVIDIA GONZALEZ, y quien fuera su concubina SANDRA ESTHER GONZÁLEZ ARIAS, titular de la cedula de identidad Nº 13.322.126. Dejando a salvo eventuales derechos de terceros.