Este Juzgado Superior en lo Civil y de lo Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano EDGAR ROLANDO TORRES MONTAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.372.733, asistido por los Abogados Wilmer Efraín Rojas y José Fauriciano Loyo Lovera, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 236.106 y 241.462, respectivamente, contra la DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO BARINAS.
SEGUNDO: Notifíquese al Procurador General del Estado Barinas, de conformidad con el artículo 98 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Publíquese, notifíquese, regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil.....