EJECÚTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. Los adolescentes fueron sancionados en fecha 22 DE ENERO DE 2013, con la Medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literal "f", en concordancia con el artículo 628, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 3, 8 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el encabezamiento del artículo 83 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Jaime Pérez. Se determina que los adolescentes fueron detenidos en fecha 24 DE DICIEMBRE DE 2012, por lo que han permanecido privados de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de VEINTIOCHO (28) DIAS; que de la sanción han cumplido, hasta el día de hoy, VEINTID.....