En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Reconocimiento de Documento Privado, por el decaimiento sobrevenido del objeto, interpuesto por la ciudadana MARICELA DEL CARMEN DORIA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.626.324, con domicilio procesal en la Parroquia Ramón Ignacio Briceño Méndez, jurisdicción del Municipio Pedraza del Estado Barinas, asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ ROBERTO GUILLÉN VALERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.240, en contra de la ciudadana NANCY SULEY MÁRQUEZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.380.119,
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la present.....