El objetivo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es que los órganos de administración de justicia funcionen como medios efectivos para la solución de conflictos en forma transparente y expedita soslayando que formalismos, dilaciones indebidas o reposiciones inútiles interrumpan el único fin para el cual esos órganos existen, es decir, para la justicia.
En tal sentido, del exhaustivo análisis de las actas procesales, se observa claramente, que el fin fue alcanzado, puesto que se agotó las formas de citación, vale decir citación personal y emplazamiento por carteles de conformidad con la norma que rige la materia, sin que los demandados se hicieran presentes ante esta Instancia Agraria, ni por si, ni por medio de Apoderados Judiciales, en tal sentido este Juzgado cumpliendo con el mandato expreso de la Ley y en aras de salvaguardar los derechos de los demandados, solicitó la designación de un Defensor Público para que representara judicialmente a los ciudada.....