En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, formulada por el ciudadano: ALEXIS ALEXANDER ARTEAGA GONZALEZ , venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro.: 10.559.737 contra de la ciudadana, ERLINDA JOSEFINA GUEVARA venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. 9.389.031 respectivamente, todo en su orden; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos en fecha 01 de Agosto de 1992, según consta en Copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nro. 021, de fecha 01, 09,1992 que corre inserta en los libros de Registro Civil de Matrimonios, llev.....