Seguidamente el Tribunal, vista la falta de comparecencia del demandante a este acto, declara extinguido el proceso de conformidad con lo establecido en la parte final del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. No estuvo presente en este acto el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Estado. Se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio David Heriberto Bautista, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.192, y del defensor judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio Iván S. Molina Pulido, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.981. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.