DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: YILVER ARGENIS RANGEL y YUSMELI KARINA BENCOMO MOLINA, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nros V-15.784.208 y V-17.724.470, domiciliados en Santa Bárbara de Barinas, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio: WILFREDDY CARRERO ANGULO, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-12.283.186, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.049 y en CONSECUENCIA, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante la Primera Aut.....