En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Abg. GUSTAVO MELENDEZ PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 15.018, en su carácter de defensor del imputado JHON JAIRO GUTIERREZ JULIO, plenamente identificado en autos.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo a los trece (13) días del mes de julio del año 2004. Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.