Con fundamentos en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA: el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de conformidad con lo dispuesto en el articulo 562 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la presente Causa seguida a los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS CONFORME A LA LEY, por la presunta comisión de los delitos de: LESIONES PERSONALES LEVES TIPO BASICAS, previsto en el artículo 413 del Código Penal y para el adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY el delito de LESIONES PERSONALES TIPO BASICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en los artículos 413 en relación con el artículo 84 todos del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos José Alejandro Rodríguez y José Manuel Moncada Rodríguez. Se acuerda el archivo d.....