El adolescente fue sancionado en fecha 16 de Junio de 2011, con la Medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literal b, y 624 de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de un (01) AÑO, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto en el articulo 455 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del ciudadano Cesar Emilio Borjas. Fue detenido en fecha 11 de Noviembre de 2010, otorgándosele Medida Sustitutiva de Libertad el 12 de Noviembre de 2012, estableciéndose que la sanción culminaría para el adolescente el 16 de Noviembre de 2012; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 622, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se determina que el adolescente; ha cumplido VEINTISIETE (27) DIAS, faltándole por cumplir ONCE (11) MESES y QUINCE (15) DIAS, y que el CUMPLIMENTO TOTAL de la sanción es el 15 DE JUNIO DE 201.....