A) CON LUGAR la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, intentado por el ciudadano MANUEL IGNACIO GARRIDO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V- 15.625.716, en contra de la ciudadana CARMEN TERESA RINCON ARRIETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.912.033, a favor de la niña ISABELLA SOFIA GARRIDO RINCON.
B) Se fija una Obligación de Manutención de OCHOCIENTOS BOLIVARES (BsF. 800,00) mensuales, y asimismo, solicitó a este Tribunal la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de su menor hija, la cual será administrada por la ciudadana CARMEN RINCON, antes identificada, de beneficio de la niña antes mencionada, para cubrir los gastos de una alimentación balanceada y nutritiva, en calidad y cantidad que satisfaga las normas de la dietética, la higiene y la salud. Asimismo, se comprometió a cubrir en proporción del cincuenta por ciento (50%), todos los gastos de vestuario, útiles escolares, uniform.....