declara CON LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Fiscal Trigésima Octava del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, contra el auto interlocutorio en el cual se decretare la Nulidad Absoluta del acta policial, y en consecuencia la libertad plena del adolescente (se omite), dictado por el Juzgado Segundo de Control, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas en la oportunidad de la audiencia de presentación celebrada en fecha 04/09/04, En consecuencia, de conformidad con el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente esta Corte ANULA la decisión dictada en fecha 04/09/04 y se ordena la realización de una nueva audiencia, a fin de que el Ministerio Público haga los pedimentos a que hubiera a.....