DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos José Ricardo González García y Rosana del Carmen Girón Rondón, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Corazón de Jesús del Municipio Barinas, Estado Barinas, en fecha 10 de julio de 1993, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 165.