QUINTO
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este tribunal de primera Instancia en función de Juicio Unipersonal N° 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 364 y 365 del COPP, pasa a decidir de manera unánime, en los siguientes términos:
PRIMERO: Se CONDENA a la ciudadana DIOSA EMPERATIRZ BRITO RUBIO, natural de Barinas Estado Barinas, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.979.445, residenciado en Barrio San José detrás de Sanidad Vieja, Quinta San Judas Tadeo, Barinas Estado Barinas, teléfono 0414-5649414, por la comisión del delito de Lesiones Culposas Gravísimas, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° en relación con el artículo 416 del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de los Adolescentes Y.C.P. E.N.G, (Artículo 65, Parágrafo Segundo, de la Ley Orgánica para la Protección del.....