Por los Fundamentos antes expuesto este Tribunal Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar con lugar la solicitud planteada por los JAVIER ENRIQUE PIÑA MARIN y FRANKLIN ENRIQUE PIÑA MARIN, y en consecuencia ACUERDA: PRIMERO: DECLARAR LA NULIDAD ABSOLUTA del auto dictado por este Tribunal en fecha 12 de junio del año 2007 (folio 672), a través del cual y de manera equivoca se tramito en esta fase del proceso el asunto recibido por el delito de USO DE DOCUMENTO FALSO por el procedimiento Abreviado, estimando que el mismo se encontraba dentro de los parámetros del Artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal, sin hacer ninguna mención dentro de que supuesto de dicha disposición legal, asumiendo la competencia para la celebración del Juicio Oral y Público de manera Unipersonal, al estimarse que dicho acto proc.....