Por los fundamentos expuesto este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara con Lugar la solicitud interpuesta por el Fiscal Trigésimo Primero Especializado del Ministerio Publico Abog, FREDDY OCHOA PERALTA, en relación a que se le otorgue una medida menos gravosa a los adolescentes imputados 1.- NOMBRE OMITIDO ART 545 DE LA LOPNNA de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, no posee cédula de identidad, huérfano. 2.- NOMBRE OMITIDO ART 545 DE LA LOPNNA de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, titular de la cédula de identidad, de profesión estudiante, hija de Verónica Remeira López y 3.- NOMBRE OMITIDO ART 545 DE LA LOPNNA venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad Nº, de profesión estudiante, hijo de Verónica Remeria, en tal sentido, se acuerda REVISAR la M.....