DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hecho y derecho antes expuestos este Tribunal de Juicio Mixto de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad del Juez Presidente y los Escabinos RESUELVE: PRIMERO: Declara Penalmente responsables a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDAS CONFORME A LA LEY, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, contemplado en el articulo 458 en relación con los artículos 83 del Código Penal Venezolano, Y EXTORSION, previsto en el articulo 459 del Código Penal Venezolano vigente en perjuicio del ciudadano DILSON DANIEL MENDOZA ESCALONA, y al adolescente LUIS JOSE AMABLE TORRES CASTILLO, venezolano, de 17 edad, soltero, titular de la cedula de identidad numero 24.556.870 fecha de nacimiento 20/04/88, hijo de los ciudadanos Carmen Alicia Castillo y José Amable Torres.....