DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior  del  Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de  la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y  por  Autoridad  de  la  Ley,  declara: 
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE  APELACION interpuesto por la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, de fecha 24 de Enero de 2007.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión  proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, de fecha 24 de Enero de 2007.
TERCERO: No se condena en costas del recurso a la parte apelante, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Organica Procesal del Trabajo. 
CUARTO: Remítas.....