En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por los ciudadanos: AIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ Y CARLOS JAVIER MESA,, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad Nro.: 13.882.044 y 16.528.630 respectivamente, todo en su orden; en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ambos en fecha de 07 de Noviembre de 2024 , según consta en Copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nro. 045, de fecha 07- 11-2014 que corre inserta en los libros de Registro Civil de Matrimonios, llevado por .....