En mérito de las consideraciones antes explanadas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: HERNIS CONTRERAS y MERCEDES DE JESUS RAMIREZ OSORIO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.172.900 y V-10.748.486, respectivamente, domiciliados en esta población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio: ERWIN JOSE LACRUZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.196, y quienes contrajeron Matrimonio Civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Pregonero, Distrito Uribante del estado Táchira, en fecha 12 de Julio de 1989, según se evidencia.....