este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la demanda de INCORPORACIÓN COMO MIEMBRO E INDEMNIZACIÓN POR LUCRO CESANTE intentada por los ciudadanos FRANCISCO ESCALONA RANGEL, GREGORIO ANTONIO VERGARA, JOSE GREGORIO LOZADA y FRANCISCO RAMON LEAL, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE PASAJERO BARINAS ELORZA suficientemente identificadas en autos; en consecuencia:
PRIMERO: Se condena al demandante perdidoso al pago de las costas procesales de conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Por cuanto la presente sentencia se dicta dentro del lapso de ley no es necesario notificar a las partes