Se Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Enrique Escalona Díaz, en su condición de co-apoderado judicial de la ciudadana: María de las Mercedes Hidalgo de Montilla.
Se declara CON LUGAR la demanda de divorcio ordinario con fundamento en la causal prevista en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 02 de mayo de 1980, por ante la Prefectura del Municipio Cruz Paredes, Obispos del Estado Barinas, según acta de matrimonio N° 24.
Queda REVOCADA la decisión apelada en los términos y límites expuestos.