Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ciudadano: Rafael Ygnacio Carvajal Orduz.
Se declaran ADMISIBLES los medios probatorios consistentes en: documentales, exhibición e inspección judicial promovidos por la parte actora, en virtud de ello, se declara SIN LUGAR LA OPOSICIÓN a las pruebas formulada por el Abg. Rafael Ygnacio Carvajal.
Se CONFIRMA el auto recurrido, dictado en fecha 25 de octubre del 2010, con la motivación expuesta.