PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13-06-06, por el abogado FELIX RODOLFO SANCHEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellada.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada en fecha 24-05-06, por el Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior revocatoria DECLARA SIN LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO intentada por el ciudadano JOSE ARBEY HERNANDEZ, contra los ciudadanos ALFONSO LIMES, ANA BELEN SEQUERA DE LIMES Y AURORA CASIMIRA PIZARRO. En consecuencia revoca el decreto de amparo.
CUARTO: CONDENA en costa a la parte querellante de conformidad con el artículo 708 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 281 del Código Civil.