este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide
PRIMERO: Se declara REVOCADA la decisión de fecha 30 de junio de 2009, dictada por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JESÚS RICARDO ACEVEDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.554.982, debidamente asistido por el Abogado Fernando José Roa Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.916 contra el ciudadano Licenciado JOSÉ ADALBERTO GUEVARA FERNÁNDEZ, en su condición de Director Encargado de la Escuela Técnica Robinsoniana Industrial, Agropecuaria y Comercial "Tulio Febres Cordero" San Juan de Colón Municipio Ayacucho del Estado Táchira.