En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por mutuo consentimiento, formulada por los ciudadanos: EDIODINA BRICEÑO VELAZCO y REYNMUNDO MARQUEZ MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.370.523 y V-7.130.976, respectivamente, con fundamento en la sentencia con carácter vinculante Nº 1070 de fecha 09-12-2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Prefectura del municipio Ciudad Bolivia, distrito Pedraza del estado Barinas, en fecha siete (07) de diciembre del año mil novecientos noventa (1990), como se evidencia en copia certificada del acta de m.....