PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 20 de Mayo de 2002 por el abogado JUAN JOSE ESPINOZA VASQUEZ, en su carácter de parte demandada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada, dictada en fecha 17 de Septiembre de 2001 por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior DECLARA CON LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato de compraventa propuesta por los ciudadanos ANTOLIN DURAN CARRERO y MARIA DOLLY SANCHEZ DE DURAN contra la empresa “AGROZARAZA S.A.” domiciliada en Mérida Estado Mérida, inscrita en el Registro de Comercio que lleva el Registrador Mercantil de la Circunscripción Judicial de la mencionada Entidad Federal bajo el Nº 56, Tomo A-4, Trimestre Cuarto, de fecha 08-11-91, en la persona de su representante legal y Directora General, ciudadana EDITH TERAN ROSALES, por cumplimiento de contrato de compraventa sobr.....