DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos esta Instancia actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el accionante FRANKLIN JOSE CASTILLO contra del Tribunal Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, con fundamento en Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
Déjese copia, notifíquese y remítase las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en Barinas a los catorce días del mes de octubre del año dos mil once. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA CONSTITUCIONAL
DRA. MARBELLA SÁNCHEZ
LAL JUEZA CONSTITUCIONAL LA JUEZA CONSTITUCIONAL
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