D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuesto, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 29 de Julio de 2.015, por la Ciudadana: Ruby Mariela Fuenmayor, y en consecuencia, fija la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.5.000,oo), Mensuales, a partir del presente mes de Diciembre del año en curso, en beneficio de las Niñas: NAIMAR ROSENNYS y DERISBEL ZAIMAR ESCALONA FUENMAYOR; la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,oo) en el mes de Agosto como Bonificación Especial para la compra de útiles y uniformes escolares, cantidad ésta que deberá ser cancelada dentro de los primeros Cinco (05) días de ese mismo mes; y en el mes de Diciembre como Bonificación Especial para los gasto.....