A.- Consumado el acto procesal del desistimiento del procedimiento, hecho por la ciudadana GLORIA ELENA SILVA RESTREPO, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 83.140.089; pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido desistimiento.
B.- SUSPENDER las medidas de embargo decretadas en fecha 23 de Julio de 2008, en contra del ciudadano EDGAR ENRIQUE VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.811.512, las cuales fueron ejecutadas en fecha 14 de Agosto de 2008, por el Juzgado Segundo Especial (Ejecutor de Medidas) de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: El Cuarenta por ciento (40%) sobre el salario y horas extras, utilidades o bonificaciones especiales, cesta ticket, vacaciones, bo.....